Alcances laborales de la nueva ley N°21.391, sobre protección a la maternidad, paternidad y vida familiar.
Con fecha 24 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.391, sobre protección a la maternidad, paternidad y vida familiar. Esta norma introduce un nuevo artículo 206 bis al Código del Trabajo.
Esta norma señala que cuando la autoridad declara un estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, una alerta sanitaria o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, el empleador tiene que ofrecerles a sus trabajadores que tengan a su cuidado por lo menos un niño o niña en etapa preescolar, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, lo anterior, siempre que el tipo de trabajo lo permita. Si los dos padres trabajan y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos puede hacer uso de esta alternativa, cuestión que decidirá la madre.
Si la autoridad declara dicho estado de excepción constitucional de catástrofe, y por esto mismo se tienen que cerrar los establecimientos de educación básica, el empleador tiene que ofrecerle esto mismo a sus trabajadores que tengan a su cuidado al menos un niño o niña de menos de 12 años, es decir, que puedan trabajar desde su casa. En este caso, el trabajador deberá entregarle al empleador una declaración jurada que señale que está cuidando a este niño o niña sin ayuda de alguien más.
Esta modalidad de trabajo se mantendrá mientras que los establecimientos sigan cerrados, a excepción de que el empleador y el empleado lleguen a un acuerdo diferente. Esta misma regla se aplicará para los trabajadores que cuiden a personas con discapacidad. Este caso deberá ser acreditado a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad, al que deberá acompañarse además la correspondiente copia del certificado, credencial o inscripción de discapacidad en el registro mencionado.
También se puede acreditar la discapacidad a través de la calidad de asignatario de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, conforme a los registros disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social.
DIRECCIÓN ESTUDIO
TELÉFONO
CONTACTO
Avenida La Dehesa 1822, Of. 412
Lo Barnechea, Santiago-Chile
+56 2 32244365
jjpellegrini@estudiopellegrini.cl
www.estudiopellegrini.cl
DIRECCIÓN ESTUDIO
Avenida La Dehesa 1822, Of. 412 Lo Barnechea,
Santiago – Chile
CONTÁCTANOS
+56 2 3224 4365 – jjpellegrini@estudiopellegrini.cl –
www.estudiopellegrini.cl